lunes, 2 de enero de 2012

LA FUNDACIÓ AVE MARÍA CONDENADA

El pasado Noviembre se publicó la sentencia por el despido disciplinario del delegado sindical de CNT en la Fundació Ave Maria. En la mencionada sentencia se declara improcedente el despido y se obliga a la empresa al abono del finiquito, indemnización y salarios de tramitación.

Por parte de la CNT se ha procedido a recurrir la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ya que entendemos que dicho despido fué motivado por la actividad sindical que el delegado estaba llevando a cabo y por el crecimiento de la sección sindical en la empresa.

La Fundació Ave Maria no sólo sufre los reveses judiciales, inspección de trabajo también la condena por los incumplimientos graves denunciados por la CNT. Siendo un ejemplo los siguientes:

-Incumplimiento del articulo 22 de la ley 31/1995 , de 8 de noviembre , (BOE 10 de noviembre) de prevención de riesgos laborales y del articulo 44 del convenio colectivo, por no realizar reconocimiento médico a sus empleados y empleadas. Sanción tipificada como GRAVE.

-Incumplimiento del articulo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores por no permitir descanso durante la jornada laboral. Sanción tipificada como GRAVE.

- Incumplimiento de los articulos 12.4 y 15.7 del Estatuto de los trabajadores, al no notificar al trabajador la existencia de vacantes.Sanción tipificada como LEVE.
Esperemos que después de todo esto la empresa empiece a respetar las pocas leyes laborales que nos amparan, y permita el ejercicio de la actividad sindical de la CNT sin ningún tipo de represión.
 

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